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¿Universal significa uniforme?

Otro de los debates pertinentes en torno al derecho a la alimentación es definir quiénes serían los beneficiarios de la provisión de alimentos establecida por una ley nacional de seguridad alimentaria
Imagen de la ficha 5 correspondiente a la serie de 10 debates sobre el derecho a la alimentación y la protección social

El siguiente debate que surgió en la elaboración de la Ley Nacional de Seguridad Alimentaria en la India se refirió a quiénes debían ser los receptores de los alimentos, un debate que se recoge en la publicación de Abastecimientos de alimentos por el Estado como Protección Social  elaborada por Harsh Mander para la FAO.

La ley de seguridad alimentaria de la India ofrece alimentos a todos los residentes independientemente de su nacionalidad. El Sistema Público de Distribución (PDS) no es universal pero se ha ampliado y ahora cubre a la mayor parte de los hogares rurales. Cuando se elaboraba la ley surgió la pregunta de si los derechos socioeconómicos, incluido el derecho a la alimentación, debía ofrecerse a todos los residentes y no solo a categorías específicas de ciudadanos.

La Constitución de la India es relativa en torno a los derechos de los residentes no ciudadanos; algunos juristas consideran  que  los derechos fundamentales recogidos en la Constitución se extienden a todos los residentes, pero otros derechos como los socioeconómicos corresponden solo a los ciudadanos. Y aunque en el sentido textual no se menciona el derecho a la alimentación como un derecho fundamental, según la Corte Suprema india el derecho a la vida incluye el derecho a la alimentación, por lo que debe incluir a residentes no  ciudadanos.

No se planteó ningún argumento serio en favor de limitar este derecho solo a los ciudadanos. La ley se refiere a “personas”, “niños y niñas” y “mujeres” sin que haya referencia sobre el requisito de ciudadanía. Sin embargo, el problema nace al aplicarla. Surgen dilemas a la hora de incluir a personas de ciudadanía cuestionada, en especial algunos inmigrantes, los sin techo, habitantes de bosques y quienes viven en zonas remotas.  Estas personas suelen carecer de documento de ciudadanía, y aunque la ley no lo exige, los funcionarios suelen pedirlo.

Los expertos que se mostraron en contra de una ley universal argumentaron que los presupuestos y las reservas de cereales son finitos y si se ofrecen a todos por igual supondrá un desperdicio del dinero público y alimentos, haciendo que las personas vulnerables reciban una proporción mucho menor de recursos públicos y alimentos subsidiados. Este argumento se relaciona con la equidad. Los programas universales de protección social son criticados porque carecen de un elemento de discriminación positiva y muchos se preguntan si beneficios “universales” también significan “uniformes”.  Los derechos universales no tienen por qué ser uniformes. La ley debe reconocer que las necesidades varían y puede ser positivo que existan programas diferentes para grupos diversos en el marco de un derecho universal. 

Los que estuvieron a favor de una ley universal argumentaron que en una ley destinada a poblaciones específicas surge el problema cuando se decide quiénes deben ser los receptores, ya que los criterios para la identificación de la pobreza suelen ser deficientes y opacos y dejan espacio a la discrecionalidad de los funcionarios locales. Los hogares más vulnerables en ocasiones son incapaces de desenvolverse en los procesos oficiales de identificación y hay personas que no son pobres que intentan ser seleccionadas como oficialmente pobres mediante la manipulación o el engaño.
Otro argumento en contra de una ley dirigida a grupos específicos es que la identificación de los beneficiarios no considera la naturaleza dinámica de la pobreza. Generalmente se asume que hay un grupo fijo de personas desfavorecidas en un punto determinado en el tiempo, provocando así la falsa idea de que es posible identificar con precisión a las personas desfavorecidas.

Los que consideran que la ley debe ser universal defienden como argumento que la “autoselección” (las personas de estratos socioeconómicos más altos deciden no aprovechar los sistemas de seguridad alimentaria debido a la menor calidad de los alimentos) disminuye el gasto. Además   hay argumentos prácticos que consideran que un PDS universal funciona mejor que un PDS orientado a beneficiarios específicos, ya que los estados que cuentan con PDS universales muestran un mejor desempeño.

La India aprobó a un sistema considerablemente ampliado pero no universal, con mayores beneficios para aquellos considerados más vulnerables.  Dejó a los estados la decisión de cómo identificar a aquellos que quedarían cubiertos y excluidos de los beneficios ampliados.