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“No volveremos a la normalidad porque la ‘normalidad’ era el problema”

Primer informe del nuevo relator especial sobre el derecho a la alimentación, Michael Fakhri, ante la Asamblea General
Michael Fakhri, relator especial de naciones unidas sobre el derecho a la alimentación

En su primer informe titulado “El derecho a la alimentación en el contexto de la política comercial y el derecho mercantil internacionales”, el nuevo Relator Especial de Naciones Unidas sobre el derecho a la alimentación, Michael Fakhri, señala a la Asamblea General que la política comercial ha estado centrada principalmente en marcos económicos y ha hecho caso omiso o ha relegado a un segundo plano las preocupaciones por los derechos humanos. Al mismo tiempo, la política de derechos humanos ha brindado una elocuente crítica sociopolítica del comercio, pero no ofrece una alternativa institucional al régimen existente. Ninguno de los dos enfoques ha servido para hacer frente adecuadamente al cambio climático. En este primer informe se combinan las perspectivas del comercio y de los derechos humanos y se ofrecen principios y un mapa institucional que pueden ayudar a comprender de otra manera el derecho a la alimentación en términos políticos, económicos y ecológicos.

Señala el relator que el Acuerdo sobre la Agricultura, que entró en vigor dentro de la OMC en 1995, ha sido un obstáculo para el pleno ejercicio del derecho a la alimentación. El sistema comercial actual considera la seguridad alimentaria como excepción y las transacciones mercantiles como norma, y deja de lado la perspectiva más amplia del derecho a la alimentación. Desde 1982, las negociaciones sobre el comercio agrícola existentes en el marco del Acuerdo sobre la Agricultura se sustentan en tres “pilares”:

  1. Aumentar el acceso a los mercados mediante la prohibición de las restricciones cuantitativas, la conversión de las políticas dentro de las fronteras en aranceles y la reducción gradual de todos los aranceles agrícolas.
  2. Reducir gradualmente a cero las subvenciones a la exportación.
  3. Limitar el alcance de la ayuda interna permisible.

Tanto los críticos como los defensores de la OMC coinciden en señalar que, en la práctica, el Acuerdo sobre la Agricultura no ha creado un mercado mundial liberal ni ha beneficiado a los países más pobres, cuyas economías dependen del sector agrícola, y que, en cambio, ha protegido a los países poderosos y a las grandes empresas. El Acuerdo sobre la Agricultura contiene una serie de disposiciones relativas a excepciones que podrían atenuar las consecuencias perjudiciales del comercio para determinados países o grupos concretos de población dentro de los diversos países, pero su aplicación no ha sido satisfactoria.

Las disciplinas vigentes en la OMC conllevan irremediablemente una serie de resultados profundamente desiguales y mantienen pautas comerciales de hace siglos en cuyo contexto los Estados anteriormente colonizados, los pueblos indígenas, los trabajadores agrícolas y los campesinos se ven denigrados por el régimen comercial. En lugar de impulsar la política comercial para promover el desarrollo y los derechos humanos, el Acuerdo sobre la Agricultura ha favorecido a los Estados y las empresas que ya tienen acceso a recursos, infraestructura, crédito y mercados extranjeros. El Acuerdo ha contribuido a consolidar el poder empresarial al pasar por alto el papel predominante de un pequeño grupo de grandes empresas en todos los niveles del sistema alimentario.

Elaborar nuevos acuerdos sobre alimentos y agricultura que se basen en los principios de derechos humanos no solo garantizará que el régimen comercial atienda las necesidades de las personas, sino que también transformará las características de los mercados internacionales.